Para diferenciar el contrato de servicios del contrato de gestión de servicios públicos, debemos traer a colación el Informe 4/2014, de 22 de enero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, con relación a un contrato de Gestión de RSU, pero que podemos extrapolar al cualquier contrato. El Informe nos dice que: «la calificación de un contrato de recogida de residuos como contrato de servicios o como contrato de gestión de servicio ...
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2017