Posts Tagged 'contrato'

Diferenciar el contrato de servicios del contrato de gestión de servicios.

Para diferenciar el contrato de servicios del contrato de gestión de servicios públicos, debemos traer a colación el Informe 4/2014, de 22 de enero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, con relación a un contrato de Gestión de RSU, pero que podemos extrapolar al cualquier contrato. El Informe nos dice que: «la calificación de un contrato de recogida de residuos como contrato de servicios o como contrato de gestión de servicio ...

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Diferencias entre la Concesión de Obras Públicas y el Contrato de Gestión de Servicios públicos: el riesgo de explotación es su elemento común

Pues bien, el artículo 8 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, nos dice que el contrato de gestión de servicios públicos es aquél en cuya virtud una Administración Pública encomienda a una persona, natural o jurídica, la gestión de un servicio cuya prestación ha sido asumida como propia de su competencia por la Administración.

Por otra parte, el ...

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¿Concurre causa de prohibición en el padre de un funcionario? En la mayoría de las veces, no. Pero algunas veces sí

La cuestión suscitada, es si concurre o no, causa de prohibición de contratación pública en el padre de un funcionario, para contratar prestaciones en asuntos en los que el hijo esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público.

El artículo 60.1 g) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ...

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Diferencias entre la Concesión de Obras Públicas y el Contrato de Gestión de Servicios públicos: el riesgo de explotación es su elemento común

Pues bien, el artículo 8 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, nos dice que el contrato de gestión de servicios públicos es aquél en cuya virtud una Administración Pública encomienda a una persona, natural o jurídica, la gestión de un servicio cuya prestación ha sido asumida como propia de su competencia por la Administración.

Por otra parte, el ...

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UN INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL NUNCA MERECE UNA SANCIÓN ADMINISTRATIVA, SINO LA IMPOSICIÓN DE PENALIDADES CON LA FINALIDAD DE CONMINAR LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Los pliegos son la ley del contrato, y la formalización del contrato, no puede ir más allá de los mismos pliegos. Por eso, si los pliegos permiten valorar una prestación como mejora, y el licitador adjudicatario hace esa precisamente esa propuesta, ésta puede/debe quedar recogida en el contrato. Lo que no puede darse son discrepancias entre los pliegos y el contrato.

Pero, qué pasa si el licitador incumple la mejora, o no ejecuta correctamente el contrato. Pues, ...

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NO PUEDE REPERCUTIRSE SOBRE UN CONCESIONARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS EL COSTE DE REDACCIÓN DE LOS PLIEGOS

No resulta extraño que la Administración, en contratos de especial dificultad como son la redacción de pliegos para la contratación del servicio de recogida de Residuos Sólidos Urbanos, acuda al asesoramiento externo. Y tampoco resulta ajeno, el hecho de pretender repercutir su coste sobre contratista.

Lo que debe quedar claro, desde una perspectiva meramente económica, es que el efecto será siempre neutro, porque no deja de ser un coste que cada licitador tendrá presente a la hora ...

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EL DOCUMENTO CONTRACTUAL NO PUEDE INCLUIR DERECHOS Y OBLIGACIONES PARA LAS PARTES DISTINTOS DE LOS PREVISTOS EN LOS PLIEGOS Y DEBEN AJUSTARSE CON EXACTITUD A LAS CONDICIONES DE LA LICITACIÓN

El Tribunal Supremo, en reiterada Jurisprudencia, señala que «el pliego de condiciones es la legislación del contrato para la contratista y para la administración contratante teniendo por ende fuerza de ley entre las partes». Entre otras, Sentencia de 23 de junio de 2003, y de Sentencia de 27 de mayo de 2009.

El Tribunal Supremo Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, en Sentencia de 7 de febrero de 2006, ya señaló «Sólo se admite en el concurso la ...

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MESAS DE CONTRATACION: LUGAR Y PLAZO PARA RECIBIR LA SUBSANACIÓN REQUERIDA

El artículo 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se refiere a las funciones de las mesas de contratación, entre las que incluye, «la apertura de las proposiciones presentadas dando a conocer su contenido en acto público». En los pliegos de cláusulas administrativas particulares, debe establecerse la existencia de mesas de contratación.

Pero la cuestión concreta es, ...

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EN LOS PLIEGOS DEBE PRECISARSE SOBRE QUÉ ELEMENTOS Y EN QUÉ CONDICIONES QUEDA AUTORIZADA LA PRESENTACIÓN DE VARIANTES O MEJORAS: PARA QUE LOS LICITADORES PUEDAN PREPARAR SUS OFERTAS CONOCIENDO CERTERAMENTE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

El Tribunal Supremo, en reiterada Jurisprudencia, señala el carácter de ley del contrato, entre otras en su Sentencia de 23 de junio de 2003, así como en la Sentencia de 27 de mayo de 2009, que viene a establecer que «el pliego de condiciones es la legislación del contrato para la contratista y para la administración contratante teniendo por ende fuerza de ley entre las partes».

El Tribunal Supremo Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, en Sentencia de ...

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CUANDO NO HAY CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA SUFICIENTE PARA ACOMETER UNA OBRA PODEMOS FRACCIONAR EL OBJETO DEL CONTRATO BAJO CIERTAS CONDICIONES

Hay ocasiones en que determinadas obras, no se pueda acometer presupuestariamente en un año, sino en dos años, o más. La duda que se plantea, es si en tales casos, nos encontramos ante una obra de carácter plurianual. Es decir, no se trata de una obra cuya ejecución tiene una duración superior al año. Lo que se nos dice, es que no va a ejecutar en dos años, sino que el pago se pretende realizar en dos años.

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