La Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 5 de febrero de 2014, recurso número 2986/2012, modifica su doctrina sobre las RPT (Relaciones de Puestos de Trabajo), y afirma con rotundidad que éstas «deben considerarse a todos los efectos como acto administrativo, y que no procede para lo sucesivo distinguir entre plano sustantivo y procesal». A nivel procesal supone la desaparición del Tribunal Supremo. Lo que en mi opinión, no supone un gran quebranto frente a ...
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2015