Algunas cuestiones sobre las costas en el orden Contencioso-Administrativo parten del artículo 139.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que impone el principio de vencimiento, de modo que quien pierde paga, o quien gana cobra. Pero sólo, si se estiman todas sus pretensiones.
Por esta razón, cuando un letrado de Ayuntamiento ve ...
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