NO ES POSIBLE LA DELEGAR EN UN FUNCIONARIO LA FIRMA DEL ALCALDE Y DEL SECRETARIO, AUNQUE SEA PARA LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DE PADRÓN
El Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, nos dice en su artículo 2 e) que dentro de la función de…