El ejercicio de acciones en defensa de los bienes y derechos de las Entidades Locales requiere de Dictamen previo del Secretario, o de letrado que valore la conveniencia, procedencia y viabilidad jurídica de la acción que se pretenden interponer.

El ejercicio de acciones en defensa de los bienes y derechos de las Entidades Locales requiere de Dictamen previo del Secretario, o de letrado que valore la conveniencia, procedencia y viabilidad jurídica de la acción que se pretenden interponer.

Lo primero que debemos indicar, es que el ejercicio de acciones por las Entidades locales ostentando legitimación activa en un proceso, requiere del previo dictamen del Secretario de la Corporación o de la Asesoría Jurídica, o en defecto de ambos,…