expropiaciones-y-ruinas

Expropiaciones. Normalmente entendemos por expropiación como la privación de un bien o un derecho que realiza de forma coactiva la Administración. Sin embargo, en ocasiones se produce de forma rogada, o por ministerio de la Ley. Ante un suelo Urbano que no tiene atribuido aprovechamiento urbanístico el propietario tiene que pedir su expropiación a la Administración. Normalmente la Administración se muestra cicatera con el expropiado por cuanto pretende disminuir el montante de la indemnización y suelen ser los Tribunales los que vienen incrementando la Indemnización.

 

Ruina. Se produce con el deterioro del inmueble ante la falta de conservación del propietario. Son expedientes largos y complejos, que vienen acompañados de otros actos administrativos como Medidas precautorias, que en ocasiones exceden su finalidad que debe quedar limitada a evitar peligros sobre las personas y cosas. Hoy estos expedientes retoman cierta intensidad por cuanto no existen operaciones de ensanche urbano sino de reforma interior.