administracion

La anulación de un proceso selectivo no supondrá la privación de la condición de funcionarios para aquellos aspirantes que en su día fueron nombrados

De vez en cuando nos encontramos con Sentencias que por encima de preceptos legales precisos atienden a los Principios Generales de Derecho —algunos expresamente constitucionalizados, y otros no— como la seguridad jurídica, la buena fe y la confianza legítima; o la equidad, y el tiempo transcurrido.

El Tribunal Supremo Sala de lo Contencioso, Sección: 7ª, STS 3536/2015, rec. núm. 438/2014, 29 de Junio de 2015, analiza la actuación de un Tribunal Calificador de la Región de Murcia ...

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La Administración no puede Retener un aval una vez transcurrido el periodo de garantía: la responsabilidad del contratista

El artículo 235.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, nos dice que el plazo de garantía se establece en los pliegos de cláusulas administrativas particulares atendiendo a la naturaleza y complejidad de la obra, aunque no podrá ser inferior a un año, salvo casos especiales. Éste plazo inicia su computo con el levantamiento del correspondiente acta de recepción, conforme ...

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NO PUEDE REPERCUTIRSE SOBRE UN CONCESIONARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS EL COSTE DE REDACCIÓN DE LOS PLIEGOS

No resulta extraño que la Administración, en contratos de especial dificultad como son la redacción de pliegos para la contratación del servicio de recogida de Residuos Sólidos Urbanos, acuda al asesoramiento externo. Y tampoco resulta ajeno, el hecho de pretender repercutir su coste sobre contratista.

Lo que debe quedar claro, desde una perspectiva meramente económica, es que el efecto será siempre neutro, porque no deja de ser un coste que cada licitador tendrá presente a la hora ...

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LA DECLARACIÓN DE URGENCIA NECESITA UNA MOTIVACIÓN OBJETIVA. NO PUEDE SER CONSECUENCIA DE UNA DEMORA CON QUE LA ADMINISTRACIÓN HA ACTUADO EN EL DESARROLLO DE SUS OBLIGACIONES

El artículo 112 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se refiere a la tramitación urgente del expediente de contratación. Ésta, requiere de la previa declaración de urgencia por el órgano de contratación, y supondrá que el expediente goza de preferencia para su despacho. Los plazos establecidos por la ley para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán ...

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