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La anulación de un proceso selectivo no supondrá la privación de la condición de funcionarios para aquellos aspirantes que en su día fueron nombrados

De vez en cuando nos encontramos con Sentencias que por encima de preceptos legales precisos atienden a los Principios Generales de Derecho —algunos expresamente constitucionalizados, y otros no— como la seguridad jurídica, la buena fe y la confianza legítima; o la equidad, y el tiempo transcurrido.

El Tribunal Supremo Sala de lo Contencioso, Sección: 7ª, STS 3536/2015, rec. núm. 438/2014, 29 de Junio de 2015, analiza la actuación de un Tribunal Calificador de la Región de Murcia ...

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PERMUTA DE PUESTOS ENTRE FUNCIONARIOS: UN SISTEMA DE PROVISIÓN RESIDUAL

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, se refiere en el artículo 78 a los principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera, contemplando que las Leyes de la función pública que dicten las Comunidades Autónomas podrán establecer otros procedimientos de provisión de puestos de trabajo, entre los que puede contemplarse la permuta. Literalmente el artículo ...

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EL FUNCIONARIO, QUE APRUEBA OTRO PROCESO SELECTIVO, Y ES NOMBRADO FUNCIONARIO EN PRÁCTICAS, PUEDE QUE SU ADMINISTRACIÓN DE ORIGEN TENGA QUE SOPORTAR SU GASTO DURANTE SU REALIZACIÓN. AUQUE POSIBLEMENTE EL FUNCIONARIO OPTE EN EL FUTURO POR ABANDONAR DICHA ADMINISTRACIÓN

En efecto, el artículo 6.3 del Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en el Ámbito de Aplicación de la Ley de Función Pública Valenciana, nos indica que el personal en prácticas que ya se encuentra prestando servicios remunerados en la administración autonómica como funcionario o funcionaria de carrera, interino o interina, o personal laboral, podrá ...

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La Situación de Servicio en otras Administraciones Públicas y la Excedencia Voluntaria Automática por prestar servicios en el Sector Público

Desde luego debe diferenciarse conforme a la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, entre la situación de servicio en otras administraciones públicas, al amparo del artículo 125, y la Excedencia voluntaria automática por prestar servicios en el sector público regulada en el artículo 129 del mismo cuerpo legal.

La primera se refiere a los supuestos en que el personal funcionario de carrera ocupa un puesto ...

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La Oferta de Empleo Público y los puestos que deben reclasificarse de Personal Laboral a Funcionario: Bibliotecario

Suele ser muy frecuente que la administración tenga clasificado puestos de trabajo como laborales cuando tienen las características propias de funcionario. Esto es, harto frecuente con los puestos de bibliotecas. Lo cierto, es que el puesto de bibliotecario debe calificarse como reservado a personal funcionario. Y no, como propio para personal eventual o de confianza como he llegado a ver en alguna ocasión. Ni como personal laboral temporal. Ni como personal laboral indefinido. En tal sentido, se pronuncia ...

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