Los pliegos son la ley del contrato, y la formalización del contrato, no puede ir más allá de los mismos pliegos. Por eso, si los pliegos permiten valorar una prestación como mejora, y el licitador adjudicatario hace esa precisamente esa propuesta, ésta puede/debe quedar recogida en el contrato. Lo que no puede darse son discrepancias entre los pliegos y el contrato.
Pero, qué pasa si el licitador incumple la mejora, o no ejecuta correctamente el contrato. Pues, ...
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2016